El Tribunal Supremo, en su sentencia de fecha 15 de septiembre de 2020, declara procedente el despido de una trabajadora por usar el vehículo asignado por la empresa fuera de la jornada laboral.
La empresa puede usar los datos del geolocalizador GPS
El Tribunal Supremo considera válido a tales efectos el uso por la empresa de los datos del geolocalizador GPS del vehículo, cuya instalación era conocida por la trabajadora.
La citada sentencia razona que “la trabajadora conocía que el vehículo no podía ser utilizado fuera de la jornada laboral y, junto a ello, que el mismo estaba localizable a través del receptor GPS. De ahí que no apreciamos ninguna invasión en sus derechos fundamentales con la constatación de los datos de geolocalización que permiten ver que el indicado vehículo es utilizado desobedeciendo las instrucciones de la empresa en momentos en que no existía prestación de servicios.”
Aparte de la relevancia que tiene en lo que se refiere al empleo por la empresa con fines disciplinarios de herramientas digitales e informáticas, y en particular de los GPS, no debe olvidarse tampoco la importancia que esta sentencia tiene en lo que atañe al aspecto estrictamente disciplinario: el uso del vehículo de empresa para fines particulares puede constituir causa de despido.
Y es que, si bien el de dicha sentencia se trataba de un supuesto en el que, de modo expreso, se había establecido que el uso del vehículo asignado estaba limitado a la jornada laboral, debemos advertir del riesgo que se puede correr en situaciones de ambigüedad o falta de constancia por escrito de la autorización de uso particular del vehículo.
Para el uso particular, conviene tener una autorización expresa.
Aconsejamos realizar ese uso particular sólo cuando se cuente con autorización por escrito de la empresa, pues de otra manera tal autorización no se presume y el trabajador podría verse sorprendido con una carta de despido encima de la mesa.
En muchas ocasiones, sobre todo en pequeñas empresas, el uso particular del vehículo de la empresa se halla autorizado o tolerado de forma tácita, pero sin documento que lo sustente, y aunque esa tolerancia pudiera llegar a ser probada en juicio con fines absolutorios, no cabe duda que la prudencia invita a que todos aquellos trabajadores que se encuentren en esa situación traten de obtener de alguna manera constancia documental de dicha autorización para el uso particular del vehículo.
Si está buscando un despacho de abogados en Avilés en relación con un despido, no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo.